La Araucana tiene dos importantes beneficios exclusivos para los trabajadores/as del CNCA afiliados/as a la Caja de Compensación. Se trata de la Cena de Aniversario Anual y la Estadía por Aniversario Múltiplo de 5, aplica tanto para matrimonios como para uniones de hecho con un hijo en común.
Para solicitar el beneficio el afiliado/a debe dirigirse en el mes de aniversario a cualquier sucursal de la Caja de Compensación, ubicadas a nivel nacional y presentar el certificado de matrimonio y/o en el caso de las uniones de hecho, presentar el certificado de nacimiento de su hijo/a (se considerará el mes de nacimiento del hijo mayor en común como la fecha que dará origen a este beneficio). Una vez solicitado el beneficio tiene 90 días para ser usado.
Estadía gratuita cada año en que cumplan aniversario múltiplo de 5: se otorga una estadía de 3 días y 2 noches en Temporada baja, en Centros Vacacionales de la Araucana y/o Centros en Convenio.
Cena gratuita anual: en Restaurantes de Centros Recreativos y Vacacionales de La Araucana.
En caso de dudas escríbenos al correo: bienestar@cultura.gob.cl
Quisiera saber en mi caso tengo dos hijos uno de 4 años y otro de 1 año y 3 meses de edad, soy afiliada de ustedes y no me han dado nada por el nacimiento de mis hijos, es posible aún cobrar este beneficio???
atenta a su respuesta
Estimada Fabiola:
Junto con saludar, revisando consultas nos encontramos con la tuya donde se hace necesario diferenciar los beneficios asociados al Servicio de Bienestar y aquellos que brinda la Caja de Compensación La Araucana.
En ese sentido señalar que toda la entrega de beneficios requiere de requisitos, por lo que la invitamos a revisar a revisar la tabla de beneficios y reglamento 2016 en el siguiente link https://bienestar.cultura.gob.cl/?page_id=176
Saludos cordiales.
NO ES TAN ASÍ YA QUE YO LLEVO 10 AÑOS DE MATRIMONIO Y JAMAS HE PODIDO HACER USO DE ESTE BENEFICIO, ME ABURRÍ DE IR A LA ARAUCANA YA QUE LOS EJECUTIVOS SABÍAN MENOS QUE YO…….NUNCA HABÍA DISPONIBILIDAD …QUEDABAN DE AVISAR Y JAMAS PASO…..OJALA PUEDAN VERIFICAR QUE ESTE BENEFICIO SE CUMPLA COMO LA CAJA LO INDICA ……Y QUE OTROS TENGAN MEJOR SUERTE Y PUEDAN DISFRUTAR DE SU ANIVERSARIO YA QUE A MI LA CAJA NUNCA ME CUMPLIÓ.
Estimada Marian:
Junto con saludar muy cordialmente, lamentamos enormemente los inconvenientes que ha presentado con CCAF, por lo que recordamos ellos tienen sus canales formales para realizar reclamos y en caso requiera apoyo estaremos disponibles para ello.
Considerando los cambios que menciona, señalar que efectivamente la mayoría de las instituciones realiza cambios año a año, por lo anterior, adjunto remito a Ud. información que con fecha de hoy se maneja en dicha institución para su conocimiento y resolución:
«Nupcialidad, Aniversario matrimonio»
Estadías gratuitas en caso de nupcialidad o aniversario de matrimonio:
Acceda a una estadía gratuita de 3 días y 2 noches, en caso de nupcialidad civil o aniversarios de matrimonios (bodas de oro y de plata). Este beneficio sólo aplica en temporada baja (abril – diciembre),Exceptuando fines de semana largo, semana santa, vacaciones de invierno y Fiestas Patrias. Está ligado exclusivamente a centros vacacionales La Araucana. En base a habitación doble. En el caso de aniversario de matrimonio, se podrá hacer uso del beneficio cada 3 años.
Requisitos
Estar vigente al momento de celebrarse el matrimonio civil o aniversario de matrimonio.
Documentos a Presentar
-Certificado de matrimonio civil o unión civil fotocopia de libreta de matrimonio (original a la vista).
-Cédula de identidad del afiliado y cónyuge.
-90 días desde la fecha de celebración, para presentar documentación.
-90 días para hacer uso a contar de la fecha de inscripción en temporada baja.
Nota:
Beneficio con media pensión, en recintos Agualuna, Peñuelas Norte, Paraíso de Olmué, Las Cruces, Parador Jamón, Pan y Vino y Los Volcanes, a excepción de Bosquemar, Chinquihue y Llau Llao. A partir de la fecha de solicitud del beneficio, el pensionado tiene plazo de 90 días para hacer uso efectivo de la estada.
Bodas de Plata
Descripción
Asignación en dinero de $25.000 por aniversario de matrimonio número 25.
Requisitos
Estar vigente al momento del hecho causante del beneficio y a la fecha de celebración del aniversario de matrimonio número 25. En el caso, que ambos cónyuges se encuentren afiliados a La Araucana, sólo uno tiene derecho a cobrar el beneficio.
Documentos a Presentar
Certificado de matrimonio civil o fotocopia de libreta de matrimonio (original a la vista).
Cédula de identidad de pensionado afiliado y cónyuge.
Nota: El plazo para solicitar el beneficio es el mismo año de celebración del aniversario de matrimonio número 25.
Bodas de Oro
Bono Corporativo Bodas de Oro
Descripción
Acceda a una estada gratuita de 3 días y 2 noches, en caso de aniversario de bodas de oro. Este beneficio sólo aplica en temporada baja (abril – diciembre) en nuestros propios centros vacacionales La Araucana, en base a habitación doble. Exceptuando fines de semana largo, semana santa, vacaciones de invierno y fiestas patrias.
* Beneficio optativo por asignación de bodas de oro.
Requisitos
Estar vigente al momento del hecho causante del beneficio.
En caso que ambos cónyuges se encuentren afiliados a La Araucana, solo uno tiene derecho a cobrar el beneficio.
Documentos a Presentar
Certificado de matrimonio civil o fotocopia de libreta de matrimonio (original a la vista).
Cédula de Identidad del afiliado y cónyuge.
Nota:
Son excluyentes con el bono en dinero.
Beneficio con media pensión, en recintos Agualuna, Peñuelas Norte, Paraíso de Olmué, Las Cruces, Parador Jamón, Pan y Vino y Los Volcanes a excepción de Bosquemar, Chinquihue y Llau Llao.
Bodas de Oro
Asignación Bodas de Oro
Descripción
Asignación en dinero de $50.000, por aniversario de matrimonio número 50.
Requisitos
Estar vigente al momento de solicitar el beneficio y a la fecha de celebración del aniversario de matrimonio número 50. En el caso, que ambos cónyuges se encuentren afiliados a La Araucana, solo uno tiene derecho a cobrar el beneficio.
Documentos a Presentar
Certificado de matrimonio civil o fotocopia de libreta de matrimonio (original a la vista).
Cédula de Identidad del afiliado y cónyuge.
Nota
El plazo para solicitar el beneficio es el mismo año de celebración del aniversario de matrimonio número 50.
Beneficio Optativo al Bono Corporativo Bodas de Oro.
Nota: Todos los Beneficios Adicionales válidos hasta el 31 de Diciembre del 2016.
Sugerimos revisar el siguiente link http://www.laaraucana.cl/irj/portal/anonymous?NavigationTarget=navurl://0a88d808603d79f042f87f8a18ea4bc3
Saludos cordiales.