Marco Legal

Reglamento General para los Servicios de Bienestar fiscalizados por la Superintendencia de Seguridad Social:

Decreto Exento General N°28 de 1994 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.

 

Reglamento Particular que crea el Servicio de Bienestar del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes y que  a partir del 01 de marzo de 2018 corresponde al Servicio de Bienestar de la Subsecretaría de las Culturas y las Artes :

Decreto Exento N° 13, aprobado en 2011.

 

¿Desde cuándo?

El Servicio de Bienestar  comenzó a operar el 01 de julio de 2011.

 

¿Cuál es la finalidad?

Según el reglamento particular del Servicio de Bienestar, el objetivo es proporcionar a sus afiliados/as y causantes de asignación familiar, en la medida que sus recursos lo permitan, prestaciones sociales y asistenciales y además, prestaciones determinadas en el Reglamento General y Particular, con el propósito de contribuir al mejoramiento de su calidad de vida.

 

¿Quién nos fiscaliza?

 Superintendencia de Seguridad Social – SUSESO.

 

—¿Cuáles son las funciones del  Servicio de Bienestar?

Consejo Administrativo

Jefatura del Servicio

Aprobar políticas generales del Servicio de Bienestar

Ejecutar los acuerdos del Consejo Administrativo

Adoptar acuerdos para cumplir los objetivos del Servicio de Bienestar

Proponer al Consejo Administrativo el proyecto de presupuesto de ingresos y gastos anuales

Velar por la correcta administración y ejecución de los fondos del Servicio de Bienestar

Someter a la aprobación por parte del Consejo Administrativo, el balance anual

Aprobar el proyecto de presupuesto de ingreso y gasto del Servicio de Bienestar

Informar al Consejo Administrativo las dificultades que se produzcan en la aplicación del Reglamento de Bienestar

Aprobar el proyecto de balance que se practique al 31 de diciembre de cada año

Proponer al Consejo Administrativo proyectos que colaboren con el cumplimiento de sus objetivos

Resolver las dudas que se susciten en la aplicación del reglamento de Bienestar

Velar por el correcto funcionamiento administrativo y contable del Servicio de Bienestar

Aprobar las cotizaciones de los/as afiliados/as y montos de los beneficios

Efectuar todos los gastos y pagos que deba realizar el Servicio de Bienestar

Dictar reglamentos internos de funcionamiento del Consejo Administrativo

Informar al Consejo Administrativo de los afiliados/as y no afiliados/as que no cumplan con sus obligaciones

Proponer convenios de Bienestar a la Jefatura superior del Servicio

Mantener un sistema de información permanente con los/as afiliados/as

Pronunciarse sobre gastos y adquisiciones del Servicio de Bienestar para cumplir con sus fines.

Desarrollar un sistema de control presupuestario y contable mensual y total anual

Aprobar o rechazar solicitudes de beneficios

Realizar análisis periódicos del Servicio de Bienestar

Informar a la Jefatura Superior del Servicio la necesidad de personal del Servicio de Bienestar

Proponer al Consejo Administrativo las medidas de expulsión de los/as afiliados/as

Aprobar incorporaciones al Servicio de Bienestar

Ejercer en general las funciones de administración que deleguen los reglamentos generales y particulares

Pronunciarse sobre medidas de expulsión de afiliados/as del Servicio de Bienestar

Comments are closed, but trackbacks and pingbacks are open.

Sección Calidad de Vida y Servicio de Bienestar