Reglamento General para los Servicios de Bienestar fiscalizados por la Superintendencia de Seguridad Social:
Decreto Exento General N°28 de 1994 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
Reglamento Particular que crea el Servicio de Bienestar del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes y que a partir del 01 de marzo de 2018 corresponde al Servicio de Bienestar de la Subsecretaría de las Culturas y las Artes :
Decreto Exento N° 13, aprobado en 2011.
¿Desde cuándo?
El Servicio de Bienestar comenzó a operar el 01 de julio de 2011.
¿Cuál es la finalidad?
Según el reglamento particular del Servicio de Bienestar, el objetivo es proporcionar a sus afiliados/as y causantes de asignación familiar, en la medida que sus recursos lo permitan, prestaciones sociales y asistenciales y además, prestaciones determinadas en el Reglamento General y Particular, con el propósito de contribuir al mejoramiento de su calidad de vida.
¿Quién nos fiscaliza?
Superintendencia de Seguridad Social – SUSESO.
¿Cuáles son las funciones del Servicio de Bienestar?
Consejo Administrativo |
Jefatura del Servicio |
Aprobar políticas generales del Servicio de Bienestar |
Ejecutar los acuerdos del Consejo Administrativo |
Adoptar acuerdos para cumplir los objetivos del Servicio de Bienestar |
Proponer al Consejo Administrativo el proyecto de presupuesto de ingresos y gastos anuales |
Velar por la correcta administración y ejecución de los fondos del Servicio de Bienestar |
Someter a la aprobación por parte del Consejo Administrativo, el balance anual |
Aprobar el proyecto de presupuesto de ingreso y gasto del Servicio de Bienestar |
Informar al Consejo Administrativo las dificultades que se produzcan en la aplicación del Reglamento de Bienestar |
Aprobar el proyecto de balance que se practique al 31 de diciembre de cada año |
Proponer al Consejo Administrativo proyectos que colaboren con el cumplimiento de sus objetivos |
Resolver las dudas que se susciten en la aplicación del reglamento de Bienestar |
Velar por el correcto funcionamiento administrativo y contable del Servicio de Bienestar |
Aprobar las cotizaciones de los/as afiliados/as y montos de los beneficios |
Efectuar todos los gastos y pagos que deba realizar el Servicio de Bienestar |
Dictar reglamentos internos de funcionamiento del Consejo Administrativo |
Informar al Consejo Administrativo de los afiliados/as y no afiliados/as que no cumplan con sus obligaciones |
Proponer convenios de Bienestar a la Jefatura superior del Servicio
|
Mantener un sistema de información permanente con los/as afiliados/as |
Pronunciarse sobre gastos y adquisiciones del Servicio de Bienestar para cumplir con sus fines. |
Desarrollar un sistema de control presupuestario y contable mensual y total anual |
Aprobar o rechazar solicitudes de beneficios |
Realizar análisis periódicos del Servicio de Bienestar |
Informar a la Jefatura Superior del Servicio la necesidad de personal del Servicio de Bienestar |
Proponer al Consejo Administrativo las medidas de expulsión de los/as afiliados/as |
Aprobar incorporaciones al Servicio de Bienestar |
Ejercer en general las funciones de administración que deleguen los reglamentos generales y particulares |
Pronunciarse sobre medidas de expulsión de afiliados/as del Servicio de Bienestar |
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