¿Qué hacer en caso de accidentes laborales y enfermedades profesionales?

Si se trata, por ejemplo, de una caída porque el piso estaba húmedo, mientras se dirigía al puesto de trabajo, aplica el Seguro de la Ley N° 16.744 y corresponde ir al OA. En cambio, si una persona se siente mal y pierde el conocimiento, corresponde derivar la persona a un centro asistencial público o de su ISAPRE o FONASA. Respecto a Enfermedad Profesional, debes saber la definición del artículo 7 de la Ley N° 16.744 y verificar si lo que te esta pasando corresponde a una posible enfermedad profesional provocadas por las funciones del propio trabajo.

Te invitamos a descargar la siguiente información:

Horarios de atención Mutual Nacional

¿Qué hacer en caso de accidente de trabajo o enfermedad profesional?

Escríbenos:prevencionderiesgos@cultura.gob.cl

Sección Calidad de Vida y Servicio de Bienestar